RESOLUCIÓN INTERNA
ADOPCIÒN
DE CALENDARIO ACADÈMICO 2012
# 4143.0.21.9142
El Rector de la Institución Educativa Eustaquio
Palacios en uso de las facultades
legales que le confiere la Ley
115/94, la Ley 715 de 2001, en su artículo 10, el Decreto 1860, el Decreto
Nacional 4164 de Diciembre 19 de 2004 y la Resolución 4211.2.30.43.27, emanada
de la Secretaria de Educación Municipal de Santiago de Cali y
CONSIDERANDO
1. Que la Institución goza de autonomía para
elaborar su calendario escolar dentro de
los lineamientos generales del M.E.N, y la secretaría de educación de Santiago
de Cali.
2. Que el artículo dos del decreto 1850 de 2002
establece que el horario de la jornada escolar será definido por el rector al
comienzo de cada año lectivo, de conformidad con las normas vigentes, el
proyecto educativo institucional y el plan de estudios, y debe cumplirse
durante las cuarenta (40) semanas lectivas establecidas por la Ley 115 de 1994
y fijadas por el calendario académico de la respectiva entidad territorial
certificada.
3. Que el
Decreto 1290 de 2009, estipula que a partir del año 2010, la evaluación
de los educandos se hará con referencia a períodos determinados por cada Institución durante el año escolar
4. Que la Resolución
4211.2.30.43.27, establece el Calendario académico en los establecimientos educativos
de la jurisdicción Santiago de Cali.
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Adoptar el calendario escolar para el
año 2012, horarios de la jornada escolar para: docentes, estudiantes y atención
a padres de Familia por parte de los docentes,
para la Institución Educativa Eustaquio Palacios,
en cada una de sus sedes.
ARTÍCULO 2°:
Las cuarenta (40) semanas lectivas de trabajo con los estudiantes se
distribuirán en cuatro periodos bimestrales del año escolar 2012, de acuerdo
con las siguientes fechas:
Periodo 1
|
Del 16 enero al 23 de marzo
|
Periodo 2
|
Del 26 marzo al 1
de junio
|
Periodo 3
|
Del 4 de junio - 31 agosto
|
Periodo 4
|
Del 3 de septiembre al 30 de noviembre
|
ARTICULO 3º : Las (6) semanas para Actividades de
Desarrollo Institucional se refieren al tiempo dedicado por los directivos y
docentes a la formulación, desarrollo, evaluación, revisión y ajuste del
Proyecto Educativo Institucional; a la elaboración, seguimiento y evaluación
del plan de estudios; a la investigación y actualización pedagógica; a la
evaluación institucional anual; a otras actividades de coordinación con
organismos e instituciones que incidan directa o indirectamente en la
prestación del servicio educativo, se distribuirán así:
Semanas 1
|
Del
2 al 8 de enero
|
Semanas 2
|
Del
9 al 15 de enero
|
Semanas 3
|
Del
2 al 6 de abril
|
Semanas 4
|
Del 23 al
29 de julio
|
Semanas 5
|
Del 8 al
14 de octubre
|
Semanas 6
|
Del 3 al 9
de diciembre
|
ARTICULO 4º: El receso estudiantil comprende 13 semanas calendario distribuidas así
Semanas 1
|
Del
2 al 15 de enero
|
Semanas 2
|
Del 2 al 8 de abril
|
Semanas 3
|
Del 2 al 29 de julio
|
Semanas 4
|
Del 8 Al 14 de octubre
|
Semanas 5
|
Del 3 de diciembre al 6 de enero
del 2013
|
ARTÍCULO 5 º: Las vacaciones de directivos docentes
y docentes comprenden (7) siete semanas calendario así:
Semanas 1
|
Del 2 al 22 de julio
|
Semanas 2
|
Del 10 de diciembre al 6 de enero del 2013
|
ARTICULO 6 º: Remítase copia de la presente
Resolución a las oficinas de la Secretaria General de la Institución Educativa
Eustaquio Palacios, Coordinaciones Sede Central y Sedes Fusionadas,
ARTICULO 6º: Socializar la
Resolución desde el Blog Institucional y
cartelera principal de la Institución para que sea conocida de toda la
comunidad educativa y se actúe de
acuerdo a ella.
ARTICULO 6º: La presente Resolución rige a partir de la fecha
de su expedición.
Dada en Santiago de Cali, a los 16 del mes de febrero del 2012.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
(Original firmado por el Rector)
OSCAR ATILIO
ORDOÑEZ PÉREZ.
RECTOR
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